El Servicio de Ayuda a Domicilio está dirigido a personas o familias que se encuentran en situación de necesidad y requieran apoyo temporal por razones de edad, salud o situación familiar. Este servicio tiene un carácter temporal y transitorio.
Se define el Servicio de Ayuda a Domicilio en términos generales como aquel que tiene como objeto prevenir situaciones de crisis personal y familiar, prestando atenciones de carácter doméstico, social, de apoyo social y rehabilitador a los individuos o familias en situaciones de especial necesidad para facilitar la autonomía personal en el medio habitual.
El servicio de Ayuda a Domicilio que va a prestar la Mancomunidad de Servicios Sociales Pantueña se determinará cuando por determinadas circunstancias personales o familiares de carácter transitorio (ingresos hospitalarios, altas hospitalarias, maternidad, etc…) o por circunstancias relacionadas con las condiciones de higiene o salubridad de la vivienda habitual, hagan imposible la atención o permanencia en el domicilio a los posibles beneficiarios del servicio.
REQUISITOS
1.- Encontrarse empadronada y residir en alguno de los municipios que integran la
Mancomunidad de Servicios Sociales Pantueña.
2.- Disponer de vivienda habitual que reúna los requisitos mínimos de habitabilidad para la
adecuada prestación del servicio.
3.- Tratarse del recurso idóneo o técnicamente adecuado.
4.- Que no existan circunstancias excepcionales que por su gravedad o complejidad,
imposibiliten la correcta utilización de la prestación, o suponga un riesgo no controlado
para las trabajadoras que prestan el servicio.
5.- En el caso de personas que dispongan de resolución de valoración de situación de
dependencia, no disfrutar en el momento de la solicitud, de ningún servicio a través de
la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención
a las personas en situación de dependencia, quedando excluido de esta consideración
el disfrute del Servicio de Teleasistencia.
PRECIO
La aportación se establecerá conforme a la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa de ayuda a domicilio (precio vigente: 2,00 euros/hora), si los ingresos de la persona beneficiaria y su unidad de convivencia superan el IPREM (Indicador Público de Renta
de Efectos Múltiples) mensual × 14 pagas, establecido en el año 2024 en 600 euros. Si la persona beneficiaria y su unidad de convivencia no supera esa cantidad será exenta de pago
Enlace ordenanza SAD
ORDENANZA REGULADORA DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO
Enlaza ordenanza tasa SAD: