Informes de Integración

Informe de Arraigo

Requisitos

No ser ciudadano de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países a los que les sea de aplicación el régimen comunitario.

Llevar 3 años en España de forma continuada.

Criterios de valoración

El solicitante tiene que aportar certificado de empadronamiento histórico vigente (emitido en los tres últimos meses) de la Comunidad de Madrid

Medios de vida

Contrato de trabajo firmado por el empleador para un periodo no inferior a un año (duración 1 año, doce meses o indefinido)

La empresa del empleador tiene que estar inscrita en la Seguridad Social y con sede social en España

También se admite la presentación de varios contratos en una misma ocupación, trabajando simultáneamente para más de un empleador, todos de duración mínima de un año y cuya suma total debe representar una jornada semanal no inferior a 30 horas en cómputo global.

En el sector agrario, se podrán presentar dos contratos con distintos empresarios y concatenados, con una duración mínima cada uno de ellos de seis meses.

Exención de contrato de trabajo:

  • Cuando se acredite que cuenta con medios económicos suficientes

  • Medios económicos derivados de una actividad por cuenta propia

Conoce tus leyes (requisito eximido durante la pandemia)

Deberán cursar el Programa TODAS las personas que soliciten el informe de Arraigo Social con excepción de:

-Titulados superiores en Derecho o Ciencias Políticas en España o cursen el último curso

-Que tengan el título debidamente homologado en España

-Que hayan superado el examen del Instituto Cervantes para la adquisición de la nacionalidad

Quedarán eximidas: 

Los mayores de 65 años

Las personas con discapacidades físicas o psíquicas graves que aporten un certificado médico de su discapacidad y que le impida realizar los módulos

Las personas que hayan realizado cursos en las materias de cada uno de los módulos y que puedan ser convalidables, siempre y cuando hayan sido realizados con Entidades de reconocido prestigio.

Eficacia comunicativa

Los solicitantes deberán superar la prueba PECOLE, supone ser capaz de manejarse en las actividades básicas de la vida diaria.

Documentación

  1. Pasaporte

  2. Volante de empadronamiento histórico

  3. Certificados de programas educativos o de formación laboral realizados

  4. Certificado del Programa Conoce tus leyes

  5. Contrato de trabajo o documentación acreditativa en caso de excepcionalidad

  6. Resguardo de haber pagado la tasa. Trámite online: http://www.madrid.org/cs/Satellite?pagename=ICMFramework/Comunes/Logica/ICM_WrapperGetion&op=PCIU_&language=es&c=CM_Tramite_FA&cid=1142703390339&nombreVb=tasas&other=2  

Informe de adecuación de vivienda para reagrupación familiar

¿Quién puede solicitarlo?

Personas extranjeras que tengan su domicilio habitual en un municipio de la Mancomunidad y que pretendan reagrupar a su familia y/o acogerse a supuestos asimilados. Se exige al solicitante que acredite que cuenta con una vivienda adecuada para atender sus necesidades y las de su familia.

Familiares a reagrupar

Cónyuge o pareja de hecho inscrita en un registro público

Hijos menores de 18 años o mayores discapacitados del reagrupante y del cónyuge o pareja incluidos los adoptados. Si es hijo de uno de los cónyuges o miembros de la pareja, esta deberá ejercer en solitario la Patria Potestad o se le debe haber otorgado la Custodia, la residencia en España debe estar autorizada por el otro progenitor.

Representados legalmente por el reagrupante, menores de 18 años o discapacitados

Ascendientes en primer grado del reagrupante residente de larga duración, o de su pareja o cónyuge, cuando estén a su cargo, sean mayores de 65 años y existan razones que justifiquen la necesidad de autorizar la residencia en España.

Ascendiente menores de 65 años y concurran razones humanitarias

Los familiares a reagrupar no pueden estar empadronados ni residir en España, salvo los hijos residentes no nacidos en España.

Régimen de la vivienda

Propiedad del reagrupante, o de su cónyuge o pareja

Alquiler a nombre del reagrupante, o de su cónyuge o pareja.

Documentación a presentar

  1. NIE-PASAPORTE

  2. Documentación de la persona a reagrupar que acredite el vínculo con el reagrupante

  3. Volante de convivencia vigente

  4. Contrato de alquiler

  5. Últimas facturas de luz, agua y gas

  6. Contrato de trabajo y últimas nóminas

  7. Resguardo de haber pagado la tasa (Trámite online: http://www.madrid.org/cs/Satellite?pagename=ICMFramework/Comunes/Logica/ICM_WrapperGetion&op=PCIU_&language=es&c=CM_Tramite_FA&cid=1142703387238&nombreVb=tasas&other=2)